Cómo ahorrar en el impuesto de la renta 2015 con la reforma fiscal

El 1 de enero entró en vigor la reforma fiscal 2015, introduciendo importantes cambios en la Campaña de la Renta. Con ella, Hacienda recauda el 42% del total de los ingresos impositivos de unos 18 millones de contribuyentes. Si bien por un lado los cambios en las tablas del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IPRF) y mínimos familiares y personales supondrán un ahorro, por otro lado, la reforma conlleva el fin de algunas deducciones habituales, sobre todo en los planes de vivienda.

Conocer las claves y novedades es fundamental si se quiere obtener el máximo beneficio y evitar sorpresas:

  1. Una de las principales modificaciones afecta a la deducción por alquiler de vivienda habitual. Hasta ahora suponía una media de 212 euros para aquellos contribuyentes cuya base imponible era inferior a 24.107,20 euros. Con la reforma fiscal de 2015 desaparece para aquellos alquileres que no se hayan formalizado antes de su entrada en vigor.
  2. En cuanto a los propietarios del inmueble, la exención por el alquiler se sitúa en el 60% y se mantiene en el 100% cuando arrienden la vivienda a menores de 35 años.
  3. En el lado contrario están aquellas personas que vendan su casa. Para estos contribuyentes la reforma supone un aumento de la tributación, debido a la eliminación de los coeficientes de actualización o la limitación de los de abatimiento.
  4. Los contribuyentes que hayan comprado su vivienda habitual o hecho algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013 seguirán desgravándose. Hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un límite de inversión de 9.040 euros. Y siempre que se hayan deducido en 2012 o años anteriores.
  5. Las personas que hayan invertido antes de 1 de enero de 2013 en ampliar, rehabilitar o adaptar su vivienda habitual podrán deducirse hasta un 15% del total invertido con el mismo tope que en el caso anterior. Y hasta un 20% (25% en Cataluña) para obras de adaptación de personas con movilidad reducida, con un tope de 12.080 euros. Las obras deberán finalizar antes de 2017.
  6. Los mayores de 65 años no tendrán que tributar en ningún caso por la venta de su vivienda habitual. Asimismo, las ganancias patrimoniales que obtengan de vender su segunda residencia quedan libres de impuestos con la reforma fiscal de 2015. Siempre y cuando se reinviertan en una renta vitalicia asegurada -como un seguro de ahorro o plan de pensiones- que complemente la pensión, con un límite de 240.000 euros y en el plazo de seis meses.
  7. Este mismo supuesto para contribuyentes de más de 65 años, también se extiende a las plusvalías de la venta de acciones en Bolsa. No para la venta de una cartera de bonos, que sí se deberán tributar.
  8. Los cambios también se extienden a los planes de pensiones, tanto en las aportaciones como en el rescate. Si hasta el momento el máximo de aportaciones anuales deducibles era de 10.000 euros, ahora se rebaja hasta los 8.000 euros anuales. El dinero ahorrado podrá rescatarse no solo en caso de jubilación, invalidez, desahucio o paro de larga duración sino en todo caso a partir de los diez años desde el comienzo de las aportaciones.
  9. Tampoco tributarán los rendimientos del trabajo en el extranjero. Los trabajadores desplazados hasta otros países por sus empresas, no tendrán que rendir cuentas si no superan el tope máximo de 60.100 euros anuales.
  10. Las indemnizaciones por despido del trabajador seguirán exentas hasta los 180.000 euros.
  11. En cambio, sí hay cambios en las acciones entregadas por la empresa a sus trabajadores. A partir de ahora dejan de estar libres de impuestos.

Medidas para reducir la factura fiscal

Además de llevar a cabo algunas tareas de última hora en 2014, los técnicos de organismos como Gestha apuntan una serie de consejos y medidas de ahorro para las próximas declaraciones ante Hacienda. Si bien lo ideal es haberlas llevado a la práctica ya en diciembre de 2014, es mejor tomar nota para ponerlas en uso cuanto antes. Entre el primer grupo destacan las aportaciones a un plan de pensiones. En el ejercicio 2014 se ha prorrogado el aumento de las tarifas del IPRF de 0,75 a 7 puntos, en función de los ingresos.

Entre las segundas prácticas, los expertos recomiendan contribuir con colegios de huérfanos, sindicatos de trabajadores o colegios profesionales. Con este gesto se pueden reducir los rendimientos hasta en 300 euros.

En el nuevo marco fiscal también cobran especial importancia las donaciones a ONG y entidades sin fines lucrativos acogidas a la “Ley 49/2002”. Los donantes podrán desgravarse entre el 25% y el 10% de sus aportaciones en la Renta. Y en el caso de que el donativo se haya realizado a la misma entidad durante los últimos tres años, la deducción podría alcanzar hasta el 75% de los primeros 150 euros.

Por su parte, las aportaciones a formaciones políticas pueden suponer un ahorro medio al contribuyente de 157 euros con la nueva reforma fiscal de 2015. Aunque siempre dependerá de la cantidad aportada, la renta y la comunidad autónoma donde se resida. En todo caso, supondrá una deducción del 20% de las cuotas hasta un máximo de 600 euros.

Otro “truco” recomendado por los expertos es esperar hasta este año para poner a la venta los bienes que tengan menos de un año de antigüedad. Tributarán en la base del ahorro a tipos fijos del 21%, 25% y 27% y se pagarán menos impuestos. Una opción a considerar es que vendedor y cobrador hayan pactado aplazar –previo acuerdo sobre el precio de venta- el cobro a 2015 para obtener más beneficio y rendimiento fiscal. Tal como advierte el banco suizo Mirabaud, este aplazamiento deberá firmarse ante notario y contemplarlo en la declaración de la renta de 2014 para que sea visible a los ojos de Hacienda.

Nuevas deducciones para familias numerosas

La reforma fiscal trae nuevas deducciones en el IPRF para las familias numerosas o con descendientes o ascendientes en situación de discapacidad. Se estima que en España hay aproximadamente unas 553.000 familias en esta situación: 474.651 sin hijos discapacitados y 78.807 con hijos con discapacidad.

No obstante, solo tendrán derecho a estas nuevas deducciones las familias que tributen a la Seguridad Social a través de su declaración de la Renta. Asimismo, estas familias podrán disfrutar de desgravaciones en el tramo autonómico de la renta.

El nuevo marco fiscal contempla la posibilidad de que estas cuantías puedan cobrarse en el mismo momento de presentar la solicitud y de manera mensual sin tener que esperar a hacer efectiva la declaración de la renta 2015 en el año 2016.

Las cuantías ascienden a los 1.200 euros anuales por cada hijo o ascendiente (padre o madre) discapacitado y por familia numerosa. En el caso de tener cinco o más hijos, el importe será de 2.400 euros anuales. En mensualidades, serán de 100 y 200 euros respectivamente.

Emprender en el nuevo marco fiscal

Muchas personas ven una intención en la reforma fiscal de 2015 de acabar con las continuas trabas que los emprendedores se encuentran en su nuevo camino. Y es que de algún modo se incentiva a aquellas empresas que sean capaces de autofinanciarse o reinventir sus beneficios.

Así, hay nuevos incentivos para la financiación de los “business angels” o “capital semilla” para el inicio de una actividad. Es decir, que aquellos amigos o familiares de emprendedores podrán tener una recompensa en la factura fiscal si apoyan al futuro negocio. Estos inversores se incorporan al accionariado por un plazo de entre 3 y 12 años y obtienen una deducción del 20% sobre la cuota del IPRF de la inversión realizada. La base máxima de la deducción es de 50.000 euros anuales y la participación nunca podrá ser superior al 40% del capital.

Sin embargo, se eliminan otras deducciones. Los emprendedores que antes de la reforma fiscal de 2015 ponían en marcha un negocio mediante la modalidad de Sociedad Limitada Nueva Empresa se deducían el 15% de las aportaciones a una cuenta ahorro-empresa hasta el límite de 9.000 euros anuales.

De igual modo, los contribuyentes empleadores que presentaban un importe neto inferior a los 5 millones de euros y una plantilla inferior a los 25 empleados, tenían una reducción del 20% del rendimiento neto positivo al mantener o crear empleo. La reforma eliminará ambas deducciones.

Tras la reforma fiscal de 2015, cobra más importancia que nunca la planificación y el asesoramiento para evitar contratiempos. Sobre todo si se han llevado a cabo acciones como la venta de una casa. En cualquier caso, tanto si se ha vendido o rehabilitado una vivienda habitual como si se prevé montar un nuevo negocio, los contribuyentes –autónomos, ahorradores, pymes- deben conocer los cambios fiscales y su proyección a la hora de hacer cálculos y rendir cuentas de sus rendimientos del trabajo ante Hacienda. Y hacer el tránsito a la reforma fiscal de 2015 con sobresaliente.


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